El Estado debe proteger, garantizar y promover el derecho a la integridad física y la reparación integral de daños a niñas, niños y adolescentes.
Por J. Adalberto Villasana
Ciudad de México, 21 sept 2023 (Agencia Parlamento y Debate). – El diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda del Grupo Parlamentario de MORENA en el Congreso de la CDMX, presentó una iniciativa que tiene como propósito la defensa de los menores de edad y sus derechos humanos, fortaleciendo la obligación del Estado en proteger, garantizar y promover el derecho a la integridad física, al libre desarrollo de la personalidad, a la protección de la honra y la dignidad, a ser escuchados, a no ser objeto de ningún tipo de violencia, pero sobre todo a la protección contra el abuso sexual infantil.
Para lo anterior se presentó el proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 108 y la fracción III del artículo 111 del Código Penal para el Distrito Federal, con los que se establece la no prescripción de diversos delitos cometidos contra menores de edad, tales como: violación, abuso sexual, acoso sexual, corrupción de menores, turismo sexual, pornografía, trata de personas y lenocinio.
Con lo anterior se garantiza el derecho de acceso a la justicia por toda persona víctima de estos delitos, aun dejando de ser menor de edad. Por lo anterior, se podrá ejercer acción penal en contra de quien en determinado momento vulneró su derecho a la paz, al libre desarrollo de su personalidad, la libertad y seguridad sexual y normal desarrollo psicosexual.
Aquellos delitos sexuales cometidos a menores de edad, en muchos casos no son denunciados por la víctima; sea por falta de comprensión de lo sucedido, miedo a hacerlo, vergüenza, afecciones psicológicas, o por que el culpable es un familiar. A lo anterior hay que sumarle que una víctima de algún tipo de delito sexual cuando era menor de edad, puede tardar años o décadas en contar con las condiciones necesarias para denunciar al culpable y en muchos de los Códigos Penales del país prescriben estos delitos entre los 5 y 10 años o al momento de que la víctima cuenta con la mayoría de edad.