Propone diputado Fausto Zamorano cárcel para quien altere imágenes con la que vulnere intimidad sexual de mujeres.
Por J. Adalberto Villasana
Ciudad de México, 11-sept-2023. (Agencia Parlamento y Debate). – El diputado del PRI Fausto Zamorano Esparza propuso castigar con prisión de cuatro a seis años y multa de 500 a mil unidades de medida y actualización (UMA) –entre 51 mil 800 y 103 mil 740 pesos- a quien altere imágenes con inteligencia artificial (IA) que vulneren la intimidad sexual de las mujeres.
El legislador presentó al pleno del Congreso de la Ciudad de México una Iniciativa para adicionar la fracción III al artículo 181 quintus del Código Penal para el Distrito Federal, en la que expuso que la IA se ha convertido en una parte integral de nuestra vida cotidiana, mejorando la eficiencia, la comodidad y la personalización en una amplia gama de aplicaciones.
Señaló que su impacto seguirá creciendo a medida que la tecnología continúe avanzando y se aplique en nuevos campos, pero que su adopción y desarrollo también conlleva riesgos y desafíos significativos.
Específicamente, dijo que la IA puede utilizarse para crear imágenes falsas que parecen auténticas, lo que implica el riesgo de difundir información errónea o falsa que vulnere el derecho a la intimidad sexual de las personas y tenga graves consecuencias psicológicas para las víctimas.
El diputado priista añadió que este tipo de alteraciones puede dar lugar a la creación de contenido malicioso, como las llamadas deepfakes, un tipo de contenido audiovisual manipulado que reemplaza el rostro de una persona en una imagen o video existente, con el rostro de otra persona, a menudo de manera realista y difícil de detectar.
Subrayó que los deepfakes que afectan la intimidad sexual de las mujeres, no sólo son una invasión flagrante de la privacidad, sino que también representan una forma de violencia de género, y violencia digital, que puede tener consecuencias devastadoras en la vida de las víctimas, con graves repercusiones físicas, psicológicas y sociales.
En la propuesta, se establece en la fracción III del artículo 181 quintus, que comete el delito contra la intimidad sexual “ quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento, a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico…”
A quien cometa este delito, se le impondrá una pena de cuatro a seis años de prisión y multa de quinientas a mil unidades de medida y actualización.
La Iniciativa se turnó para su análisis y dictamen a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género.